En el BOE núm. 309, de 23 de diciembre, se ha publicado la Resolución, de 15 de diciembre de 2014, de la Dirección General de Cartera Básica de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia, por la que se procede a la actualización de la cuantía máxima correspondiente a los medicamentos pertenecientes a los grupos ATC de aportación reducida, y se actualizan los límites máximos de aportación mensual para las personas que ostenten la condición de asegurado como pensionistas de la Seguridad Social y sus beneficiarios en la prestación farmacéutica ambulatoria.
De conformidad con la normativa vigente y a la actualización de la Resolución, de 18 de diciembre de 2013, publicada en el BOE núm. 312, de 30 de noviembre de 2013, se procede, a partir del día 1 de enero de 2015, a las siguientes actuaciones:
- Fijar en 4,24 euros la aportación máxima para los medicamentos pertenecientes a los grupos ATC de aportación reducida.
- Actualizar los límites máximos mensuales para los pensionistas de la Seguridad Social y sus beneficiarios según las rentas siguientes:
- Renta inferior a 18.000 euros: límite máximo de aportación mensual 8,23 euros.
- Renta igual o superior a 18.000 euros e inferior a 100.000: límite máximo de aportación mensual 18,52 euros.
- Renta superior a 100.000 euros: límite máximo de aportación mensual 61,75 euros.