Categoría: Ordenación farmacéutica

La Consejería de Salud presenta la propuesta del catálogo farmacéutico de Baleares

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El consejero de Salud, Martí Sansaloni, acompañado por el director general de Gestión Económica y Farmacia, César Vicente, ha presentado en rueda de prensa la propuesta del catálogo farmacéutico de Baleares, que recoge las oficinas de farmacia existentes en la actualidad y las nuevas que tienen cabida en Baleares atendiendo a los nuevos criterios de ordenación farmacéutica que marca la Ley 1/2015, de 19 de febrero, por la que se modifica la ordenación farmacéutica de las Illes Balears, recientemente aprobada.

Según el procedimiento establecido, una vez aprobada la planta farmacéutica de Baleares, que fue publicada en el Boletín Oficial de las Islas Baleares el 6 de febrero de 2015, el siguiente paso para la apertura de nuevas oficinas de farmacia es la aprobación del catálogo donde se determina la oferta total de oficinas de farmacia (ya existentes o vacantes) que corresponde a cada zona o unidad territorial farmacéutica.

Resolución de inicio del procedimiento de elaboración del catálogo

Para ello, la Dirección General de Gestión Económica y Farmacia ha elaborado una propuesta de catálogo que se publicará en el BOIB y que incluirá:

  • La relación de oficinas de farmacia autorizadas y abiertas al público.
  • El listado de municipios en los que se cumplen las condiciones para abrir un nueva oficina de farmacia.
  • La relación de zonas farmacéuticas o unidades territoriales menores en las que no se cumplen los requisitos para abrir nuevas farmacias.
  • El listado de botiquines farmacéuticos.
  • La relación de oficinas de farmacia autorizadas según la normativa anterior y vacantes en el momento de la entrada en vigor del Decreto Ley 1/2014.
  • El listado de farmacias que se solicitaron de conformidad con la normativa anterior y que están pendientes de autorización.

El catálogo, que indica todas las farmacias autorizadas, las abiertas al público y las de nueva creación, se elabora en base a los criterios poblacionalesestablecidos en la Ley 1/2015, de 19 de febrero, criterios más adecuados a la realidad y que buscan garantizar una adecuada y próxima atención farmacéutica a la totalidad de la población. Estos nuevos criterios poblacionales establecen que la unidad familiar está formada por 2,58 personas, en vez de 4. Además, establece dos módulos poblacionales:

  • Módulo general: establece una oficina de farmacia por cada 2.800 habitantes y una farmacia adicional por cada 2.000 habitantes más. La población se calcula en base a los datos del INE.
  • Módulo estacional: establece una oficina de farmacia por cada 3.500 habitantes estacionales y una farmacia adicional por cada 2.500 habitantes estacionales más.

El municipio es la unidad territorial más pequeña de la que se disponen datos poblacionales, tanto en lo que se refiere al módulo de población general como a los módulos estacionales (viviendas secundarias y plazas de alojamiento turístico). Por ello, actualmente y conforme a la planta farmacéutica, la unidad territorial a efectos de cómputo es el municipio.

Propuesta de catálogo

Según estos criterios poblacionales, en Baleares pueden ubicarse 39 nuevas oficinas de farmacia de acuerdo con la siguiente distribución insular: 17 en Mallorca, 2 en Menorca, 19 en Ibiza y 1 en Formentera.

Aprobación de catálogo definitivo y convocatoria de concurso de farmacias

Una vez publicada esta propuesta en el BOIB, se abrirá, a partir del día siguiente a su publicación, un período de 15 días de audiencia al Colegio Oficial de Farmacéuticos, a los municipios afectados a través de las asociaciones que les representen y a los titulares de las oficinas de farmacia situadas en los mismos términos municipales.

El nuevo catálogo farmacéutico permitirá garantizar una adecuada cobertura de dispensación farmacéutica en todo el territorio y, una vez aprobado, se convocará un concurso en el plazo máximo de 6 meses para la adjudicación de, como mínimo, el 80 % de las farmacias vacantes que establezca el catálogo definitivo.

[Fuentes: Consejería de Salud . 16/03/2015 - BOIB. Núm. 37. 17/03/2015] 

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