Categoría: Promoción de la salud y prevención de la enfermedad

Regulación de productos relacionados con el tabaco

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El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se regulan determinados aspectos relativos a la fabricación, presentación y comercialización de productos relacionados con el tabaco. Asimismo, se ha aprobado el Anteproyecto de Ley por el que se modifica la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y se regula la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de productos de tabaco.

De esta forma finaliza la trasposición de la normativa europea de tabaco, la Directiva 2014/40/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de abril de 2014, para avanzar en la protección de la salud de los fumadores de tabaco y productos relacionados e, indirectamente, de los fumadores pasivos.

REAL DECRETO

Composición, etiquetado y requisitos de seguridad

El Real Decreto normativiza los productos relacionados con el tabaco, como los cigarrillos electrónicos y las hierbas para fumar, en cuánto a su composición, etiquetado y requisitos de seguridad, priorizando la protección a los menores.

Así, los cigarrillos electrónicos y los líquidos de recarga tendrán que llevar advertencias sanitarias. Como novedad, se establece un sistema de vigilancia de efectos adversos

En relación al incremento del uso de las hierbas para fumar entre los jóvenes, se ha hecho necesaria una regulación a nivel europeo, sobre los ingredientes, incidiendo sobre todo en las advertencias sanitarias de los efectos nocivos para la salud, que deben ir etiquetadas.

Ingredientes, aditivos y advertencias sanitarias

Otra novedad es que se prohibe la comercialización de los productos del tabaco con aromas característicos, vitaminas, cafeína, taurina y otros aditivos.

Los fabricantes e importadores de productos del tabaco deberán comunicar la lista de ingredientes, los niveles de emisiones, etc.

Portal único de la Unión Europea de productos de tabaco

Asimismo, será obligatorio comunicar el contenido de ciertos aditivos de cigarrillos y picadura para liar y difundir al público la información comunicada, no confidencial. Para ello, se establecerá portal único de notificación PORTAL EU-CEG (puerta de entrada común en la UE).

Para controlar el mercado se creará un registro de los fabricantes, importadores y distribuidores de productos relacionados.

Se instaurará un dispositivo de seguridad que autentifique el producto, para aumentar el control sobre el comercio ilícito.

ANTEPROYECTO DE LEY

Limitaciones en la venta a distancia

Las principales novedades introducidas son las limitaciones en la venta o suministro de los productos de tabaco, como la venta a distancia transfronteriza, la venta que no cumple los requisitos de etiquetado o envasado o la prohibición de uso de determinados ingredientes.

Se recoge, además, el régimen de infracciones con el fin de contemplar los incumplimientos a las nuevas obligaciones que se introducen en la Ley.

[Fuente: Ministerio de Sanidad, Servecios Sociales e Igualdad. 09/06/2017]

[Foto: Hjartstrom / Stubbing Snuff Tobacco / CC0 Public Domain]

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*30/11/2017 - Aprobación de la nueva normativa sobre medidas sanitarias frente al tabaquismo.