Categoría: Ayudas

Bases reguladoras de ayudas de la FECYT para la investigación científica de excelencia

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En el BOE núm. 138, de día 10 de junio de 2019, se ha publicado la Orden CNU/631/2019, de 7 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas de la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología (FECYT), en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de actividades en el ámbito del fomento de la investigación científica de excelencia.

La FECYT es una fundación del sector público estatal creada el 2001, adscrita al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.

Objetivos de las ayudas

  • Impulsar y favorecer la investigación de excelencia promoviendo el uso de bases de datos de referencias bibliográficas multidisciplinares que permitan una óptima gestión y medición de resultados de investigación en el seno de las propias instituciones.
  • Mejorar la interoperabilidad de la información científica en las infraestructuras digitales institucionales y potenciar su uso entre los diferentes agentes que operan en el sistema español de ciencia, tecnología e innovación para favorecer la divulgación científica de la investigación.
  • Impulsar y favorecer la investigación de excelencia mediante la promoción de un modelo nacional de ciencia en abierto de otras formas no contempladas anteriormente.

Beneficiarios. Entre otros:

  • Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas vinculadas o concertadas con el sistema nacional de salud, que desarrollen actividad investigadora.
  • Institutos de investigación sanitaria acreditados conforme a lo establecido en la normativa vigente.

Cuantía de la ayuda

El presupuesto financiable se establecerá en función del coste total de la actividad financiada. La cuantía individualizada de cada ayuda se determinará atendiendo a alguno o algunos de los criterios especificados en el BOE.

Presentación de solicitudes

Las solicitudes se presentarán de acuerdo a las instrucciones y modelos establecidos al efecto en el sistema electrónico de participación establecido al efecto por la FECYT y en el plazo establecido en cada convocatoria, que será al menos de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

[Fuente: BOE. Núm. 138. 10/06/2019

[Foto: Max Pixel / Medical Lab / CC BYND 2.0]