Categoría: Formación continuada

Se aprueba el Decreto de evaluación y certificación de conocimientos de lengua catalana

Tipografía
  • Más pequeño Pequeño Mediano Grande Más Grande
  • Por defecto Helvetica Segoe Georgia Times

El Consell de Govern va aprovar el passat viernes, 15 de marzo, el Decreto de evaluación y certificación de conocimientos de lengua catalana, con los objetivos de adaptar la normativa vigente hasta ahora a la estructura actual de la Administración de la Comunidad Autónoma y de actualizar los contenidos de cada nivel y los criterios de evaluación.

En primer lugar, con la aprobación de esta norma vuelve a la Dirección General de Política Lingüística la competencia de convocar, organizar y gestionar las pruebas de conocimientos de lengua catalana que el Decreto emitido el mes de enero de 2014 y que ahora se deroga, otorgaba al Instituto de Estudios Baleáricos.

Se simplifica también la denominación de los certificados oficiales de conocimientos generales: certificados de conocimientos generales de los niveles A2, B1, B2, C1 y C2, de acuerdo con los niveles que define el Marco europeo común de referencia para las lenguas.

Asimismo, en los anexos del Decreto:

-Se simplifica la descripción de los saberes socioculturales y sociolingüísticos y, también, la de los objetivos específicos de cada certificado.

-Se redistribuyen los documentos de la expresión escrita y la interacción correspondientes a cada certificado.

-Se modifican los criterios de valoración de la prueba. Concretamente, se unifican la comprensión oral y la comprensión escrita en una sola área (área 1). Para superar la prueba, el criterio ya no es de 50 puntos sobre 100, sino que se establece un mínimo del 60 % para superar cada área; es decir, para superar la prueba, los examinandos deberán obtener como mínimo un 60 % de la puntuación de cada área. Las áreas quedan estructuradas de la siguiente forma:

  • Área 1: comprensión oral y comprensión lectora
  • Área 2: dominio práctico del sistema lingüístico
  • Área 3: expresión e interacción escritas
  • Área 4: expresión e interacción orales

-En el Decreto se especifican cuáles son las áreas de la prueba, de qué tiempo disponen los examinandos para realizarlas y cuál es el porcentaje mínimo para superarlas.

Asimismo, el nuevo Decreto de evaluación y certificación de conocimiento de lengua catalana incorpora una serie de cambios, que afectan a las solicitudes de homologación de los estudios de lengua catalana de educación secundaria obligatoria y del bachillerato.

En el BOIB núm. 35, de día 16 de marzo de 2019, se ha publicado el Decreto 21/2019, de 15 de marzo, de evaluación y certificación de conocimientos de lengua catalana.

El Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOIB, pero en la práctica no se aplicará hasta que no se convoquen las pruebas de enero de 2020.

[Fuente: Consejería de Cultura, Participación y Deporte. 15/03/2019]

[Foto: Barn Images / CC0 1.0 Universal ]