Categoría: Promoción de la salud y prevención de la enfermedad

Anteproyecto de Ley de Protección Integral de la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia

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El Consejo de Ministros ha aprobado, el anteproyecto de Ley Orgánica de Protección Integral de la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia.

El anteproyecto, que modifica 11 leyes, establece un concepto de violencia muy amplio que abarca toda forma de perjuicio o abuso físico, psicológico o emocional, incluidos las agresiones o abusos sexuales, los castigos físicos, el simple descuido o el trato negligente. Se castiga todo tipo de violencia sea cual sea su forma de comisión, incluida la realizada por medio de las tecnologías de la información y la comunicación.

En la norma también se plantea la elaboración de la Estrategia de Erradicación de la Violencia sobre la Infancia y la Adolescencia e incorpora medidas de concienciación, prevención, detección, e intervención en diferentes áreas.

Algunas de las novedades que introduce la norma en sus distintos ámbitos de actuación son:

De carácter transversal

Se establece el deber de cualquier persona que advierta una situación de desprotección, riesgo o violencia sobre un menor a comunicarlo ante la autoridad competente. Especialmente colectivos que por razón de su profesión tienen un contacto habitual con menores o llevan a cabo una función de protección, como por ejemplo los profesionales sanitarios.

Modificación del Código Penal

Se destaca el plazo de prescripción de los delitos más graves contra menores, tales como los relativos a la tentativa de homicidio, delitos sexuales, las lesiones agravadas, maltrato habitual y trata de seres humanos cometidos sobre personas menores de edad, cuyo cómputo del plazo para su prescripción comienza cuando la víctima cumple los 30 años. Actualmente comienza a contar a partir de los 18 años.

Nuevo catálogo de delitos

En el textose incluye un nuevo catálogo de delitos contra menores y adolescentes cometidos a través de internet y tecnologías de la información y la comunicación, que incluye la incitación al suicidio, a la autolesión, a la comisión de delitos contra la libertad e indemnidad sexual o la promoción o facilitación de trastornos alimenticios.

En el ámbito sanitario

En coordinación con las comunidades autónomas se elaborará un protocolo común de actuación sanitaria donde se dispondrá qué medidas se deben adoptar si se detecta un caso de violencia sobre una persona menor de edad. Los registros relativos a la atención de las personas menores de edad víctimas de violencia se harán constar en la historia clínica, lo que permitirá un mejor seguimiento de los casos que se produzcan.

En el ámbito de los servicios sociales de atención primaria

Se reconoce a los funcionarios que desarrollen su actividad en los servicios sociales de atención primaria la condición de autoridad pública y se les habilita para adoptar las medidas de protección necesarias, coordinando los recursos de los que se disponen en el territorio. Se anuncia la creación del registro Central de Información sobre la Violencia contra la
Infancia y la Adolescencia

Todo ello se complementa con la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

[Fuente: Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social. 28/12/2018]

[Foto: Infosalut]