Categoría: Recursos humanos

Indemnizaciones por razón del servicio de los miembros de Gobierno, de los altos cargos y del personal eventual

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En el BOIB núm. 26, de día 23 de febrero de 2021, se ha publicado el Acuerdo del Consejo, de Gobierno de 22 de febrero, por el cual se concreta la documentación, los términos y las condiciones de la justificación de los gastos correspondientes a la indemnización por el coste del alojamiento temporal en la isla de Mallorca de los miembros de Gobierno de las Illes Balears, de los altos cargos y del personal eventual.

Se establecen las indemnizaciones por razón del servicio de los miembros de Gobierno de las Illes Balears, de los altos cargos y del personal eventual.

Por lo tanto, y de acuerdo con este mandato legal, es necesario un acuerdo del Consejo de Gobierno que concrete como llevar a cabo la percepción de esta indemnización.

  • Hasta 12.000 euros como máximo en concepto de gastos justificados por el coste del arrendamiento u otras figuras análogas inherentes a la necesidad temporal de alojamiento en la isla de Mallorca y los desplazamientos aéreos o marítimos interinsulares derivados del tráfico entre ambas islas. 
  • Una cuantía fija adicional de 6.000 euros, que indemnizará, a tanto alzado y sin necesidad de justificación de gastos de servicios y suministros a la vivienda, manutención en caso de utilizar servicios de hostelería, y en general las propias del alojamiento temporal en la isla de Mallorca y viajes interinsulares.

[Fuente: BOIB. Núm. 26. 23/02/2021

[Foto: Govern de les Illes Balears]