La Consejería de Salud del Gobierno de las Illes Balears ha publicado la Orden 18/2025, de 7 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de salud pública, salud mental, drogodependencias y otras adicciones, y consumo.
Publicación: BOIB n.º 88, 10 de julio de 2025
Tipos de subvenciones
Las subvenciones se destinan a financiar actividades y proyectos de interés público en las siguientes áreas:
- Salud pública: promoción de la salud, educación para la salud, donación de sangre, prevención de enfermedades, seguridad alimentaria, etc.
- Salud mental: apoyo a personas y familias afectadas, bienestar emocional, actividades de ocio y tiempo libre, lucha contra el estigma.
- Drogadicción y otras adicciones: prevención, atención, reinserción social y laboral, reducción de riesgos.
- Consumo: información y formación al consumidor, defensa jurídica, promoción del consumo responsable, etc.
¿Quién puede solicitarlas?
- Personas físicas residentes en las Islas Baleares.
- Personas jurídicas públicas o privadas.
- Agrupaciones y entidades sin personalidad jurídica.
- Centros educativos públicos y privados.
- Asociaciones de consumidores inscritas en el registro correspondiente.
Requisitos generales
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- No estar incurso en ninguna de las prohibiciones establecidas por la normativa de subvenciones.
- Presentar la documentación requerida según el tipo de solicitante.
Plazos
- El plazo de presentación de solicitudes será de entre 10 días y 5 meses.
- El plazo máximo para resolver y notificar será de hasta 6 meses.
- El plazo para justificar las subvenciones será de hasta 3 meses desde la ejecución del proyecto.
Presentación de solicitudes
- Personas jurídicas: deben presentarlas electrónicamente a través de la Sede Electrónica de la CAIB.
- Personas físicas: pueden hacerlo presencialmente o electrónicamente.
[Fuente: BOIB.10/07/2025]
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