En el BOIB núm. 51, de día 3 de abril de 2020, se ha publicado el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 3 de abril de 2020 de modificación del Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 3 de febrero de 2017, por el cual se establecen los colectivos de personal funcionario al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y de las entidades instrumentales integrantes del sector público autonómico exceptuados de la suspensión de la concesión de gratificaciones por razón de la prestación de servicios extraordinarios fuera del horario o la jornada habituales de trabajo.
Esta situación ocasionada por el COVID-19 requiere que el personal funcionario (y laboral) de la Administración autonómica y de los entes del sector público instrumental autonómico que lleva a cabo tareas para paliar los efectos derivados de la situación mencionada tenga que hacer horas extraordinarias, entre estos se encuentran:
- Personal adscrito a la Dirección General de Salud Pública y Participación con funciones de inspección o laboratorio.
- Personal facultativo superior que tiene funciones relacionadas con el Servicio de Epidemiología de la Dirección General de Salud Pública y Participación, solo en los casos en que se haya declarado un caso de alerta sanitaria y durante el tiempo que dure.
- Personal funcionario adscrito al Servicio de Inspección Médica del Servicio de Salud de las Illes Balears que lleva a cabo funciones relacionadas con la valoración de la discapacidad, durante el periodo de colaboración con la Consellería de Asuntos Sociales y Deportes.
- Personal funcionario de la Administración autonómica y de los entes del sector público instrumental autonómico que lleva a cabo tareas para paliar los efectos derivados de la situación ocasionada por el COVID-19.
[Fuente: BOIB. Núm. 51. 03/04/2020]
[Foto: Consellería de Salud del Gobierno de las Illes Balears]