En el BOE núm. 162, de 8 de julio de 2015, se ha publicado la Orden SSI/1356/2015, de 2 de julio, por la que se modifican los anexos II, III y VI del Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud (SNS) y el procedimiento para su actualización, y se regulan los estudios de monitorización de técnicas, tecnologías y procedimientos.
En el año 2006 se estableció la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento de evaluación para su actualización.
En el año 2007 se desarrolló el procedimiento de actualización de la cartera de servicios, introduciéndose reformas en el 2012, a través de la normativa sobre medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del SNS y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones, para diferenciar una cartera común básica de servicios asistenciales, de una cartera común suplementaria y de una cartera común de servicios accesorios.
En el 2010 se puso en funcionamiento el uso tutelado del tratamiento quirúrgico de la lipoatrofia facial asociada al VIH-SIDA.
En el 2012 un grupo de expertos elaboró varias propuestas de concreción y actualización de la cartera común básica de implantes quirúrgicos.
En esta Orden de 2015 se procede a la modificación y actualización de la cartera común básica de servicios asistenciales del SNS, en lo referente a los tratamientos quirúrgicos de la lipoatrofia facial asociada al VIH-SIDA y a diversos implantes quirúrgicos.
Asímismo se regula la realización de los estudios de monitorización de técnicas, tecnologías y procedimientos, indicándose los implantes quirúrgicos sometidos a dichos estudios.
[Fuente: BOE. Núm. 162. 08/07/2015]
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*28/09/2015 - Establecidos los requisitos específicos de los estudios de monitorización de técnicas, tecnologías y procedimientos.
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