Categoría: Instituciones sanitarias

Publicado un nuevo decreto con las competencias de las consejerías de la CAIB

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En el BOIB núm. 120, de 8 de agosto de 2015, se ha publicado el Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Mediante el Decreto 12/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, se establecieron las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Una vez iniciadas las tareas del nuevo Gobierno, se ha detectado la necesidad de reestructurar y delimitar materialmente las competencias de algunas consejerías, y también introducir otras que no se habían previsto. Por este motivo, así como para facilitar la labor de los operadores jurídicos, se ha optado por elaborar un nuevo decreto.

Así pues, para la Consejería de Salud se establece la siguiente estructura orgánica básica:

  • Secretaría General
  • Dirección General de Planificación, Evaluación y Farmacia
  • Dirección General de Salud Pública y Participación
  • Dirección General de Acreditación, Docencia e Investigación en Salud
  • Dirección General de Consumo

Las direcciones generales mencionadas ejercen sus competencias en los siguientes ámbitos materiales:

  • Dirección General de Planificación, Evaluación y Farmacia: planificación y ordenación sanitaria general y de la asistencia sanitaria; definición de la cartera de servicios y prestaciones sanitarias y sus indicadores de evaluación; políticas de calidad de la prestación sanitaria; la gestión, el mantenimiento y la evaluación periódica del Registro del Conjunto Mínimo de Datos de Alta Hospitalaria y Actividad Ambulatoria de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears; registro de profesionales sanitarios; ordenación farmacéutica; autorización y control de establecimientos y servicios de atención farmacéutica; autorización y control de actividades sanitarias de fabricación a medida de productos sanitarios y de distribución y venta de productos sanitarios; tramitación y resolución de los procedimientos de aplicación del índice corrector de los márgenes de las oficinas de farmacia correspondiente a las recetas u órdenes de dispensación de medicamentos de uso humano fabricados industrialmente dispensados con cargo a los fondos públicos; control y mejora de la calidad de la prestación farmacéutica; control y vigilancia de medicamentos, productos sanitarios y el resto de productos farmacéuticos; iniciación y resolución de los procedimientos sancionadores en materias propias de su competencia.

  • Dirección General de Salud Pública y Participación: promoción y protección de la salud; vigilancia epidemiológica, análisis y evaluación del estado de salud de la población, de las enfermedades y del impacto en salud de las políticas públicas; participación de los ciudadanos y ciudadanas, de los profesionales y de las asociaciones de pacientes; prevención de las enfermedades: vacunación, programas poblacionales de detección precoz de cáncer y de otras enfermedades, lucha contra el tabaquismo, prevención del VIH, prevención y tratamiento de las drogodependencias; promoción, protección y vigilancia de la salud en el ámbito laboral; salud ambiental, que incluye, entre otros, la vigilancia de la calidad de las aguas de consumo humano, de las aguas de baño y de la legionelosis; ordenación de los aspectos higiénicos y sanitarios de actividades no sanitarias; seguridad alimentaria y nutrición; control oficial y registros en materia de salud pública; vigilancia epidemiológica de las zoonosis; análisis químicos y microbiológicos de muestras de aguas y alimentos; iniciación y resolución de los procedimientos sancionadores en materias propias de su competencia; coordinación de la Fundación Banco de Sangre y Tejidos.

  • Dirección General de Acreditación, Docencia e Investigación en Salud: inspección, control, autorización y registro de centros, servicios y establecimientos sanitarios; evaluación de la calidad asistencial y acreditación de los centros, servicios y establecimientos sanitarios; iniciación y resolución de procedimientos sancionadores en materia de su competencia; explotación, gestión y evaluación de los registros y sistemas de información de su competencia; definición y desarrollo de políticas de formación sanitaria especializada; promoción de políticas de investigación y de información sanitarias; tutela y desarrollo de los procesos formativos de pregrado o posgrado de los profesionales de la salud y promoción de programas docentes de pregrado o posgrado, de acuerdo con la UIB y otras consejerías e instituciones formativas; acreditación de profesionales sanitarios, de formación sanitaria y de formación sanitaria especializada; coordinación del funcionamiento de la Fundación de Investigación Sanitaria de las Illes Balears Ramon Llull, del Comité de Ética de la Investigación de las Illes Balears, de la Biblioteca Virtual de Ciencias de la Salud de las Illes Balears y del Instituto de Investigación Sanitaria de Palma; coordinación de Trasplantes de las Illes Balears; gestión del Registro de Voluntades Anticipadas.

  • Dirección General de Consumo: defensa de los derechos de las personas consumidoras y usuarias; control de mercado e inspección de consumo; información y atención a las personas consumidoras y usuarias; tramitación y mediación de las reclamaciones y denuncias de consumo; resolución de las controversias a través del arbitraje de consumo; educación y formación en el ámbito del consumo; relaciones con las asociaciones de consumidores y apoyo a estas; coordinación con el Consejo de Consumo de las acciones prioritarias en la materia, e iniciación y resolución de los procedimientos sancionadores en materias propias de su competencia.

[Fuente: BOIB. Núm. 120. 08/08/2015 ]

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*03/07/2015 - Publicada la estructura orgánica básica de la Consejería de Salud.

[Foto: Infosalut]