En el BOIB núm. 141, de 26 de septiembre de 2015, se ha publicado el Decreto 81/2015, de 25 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica básica del Servicio de Salud de las Illes Balears.
Mediante el Decreto 8/2015, de 2 de julio, se decretó una nueva composición y una nueva estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. Asimismo, el Decreto 24/2015, de 7 de agosto, establece las competencias y la ordenación orgánica básica de las consejerías de la Administración de esta Comunidad Autónoma.
El Decreto 81/2015 dispone la estructura orgánica básica del Servicio de Salud de la siguiente forma:
Estructura directiva de los Servicios Centrales
Los Servicios Centrales son la estructura administrativa que ofrece soporte a los órganos de dirección del Servicio de Salud y a las gerencias territoriales. Los siguientes órganos están bajo la dependència directa de la Direccion General del Servicio de Salud:
- Dirección de Asistencia Sanitaria, de la que dependen las siguientes subdirecciones:
- Subdirección de Atención Hospitalaria.
- Subdirección de Atención Primaria y Atención a las Urgencias Extrahospitalarias.
- Subdirección de Atención a la Cronicidad, Coordinación Sociosanitaria, Salud Mental y Enfermedades Poco Frecuentes.
- Subdirección de Cuidados Asistenciales y Atención al Usuario.
- Subdirección de Cartera de Servicios. - Dirección de Recursos Humanos y Relaciones Laborales, de la que depende la Subdirección de Gestión de Personal.
- Subdirección de Tecnología y Sistemas de Información.
- Secretaría General del Servicio de Salud, de la que dependen las siguientes subdirecciones:
- Subdirección de Presupuestos y Control del Gasto.
- Subdirección de Compras y Logística.
- Subdirección de Infraestructuras y Servicios Generales.
- Subdirección de Coordinación Administrativa.
Gerencias territoriales
Las gerencias territoriales asumen la dirección y la gestión de los servicios y de las actividades en su ámbito territorial, siguiendo las directrices y los acuerdos emanados de los órganos de dirección del Servicio de Salud.
- La Gerencia de Atención Primaria de Mallorca, que gestiona los recursos de Atención Primaria de Mallorca.
- La Gerencia del Hospital Universitario Son Espases, que gestiona los recursos de atención especializada de dicho centro hospitalario, los recursos sanitarios del Hospital Psiquiátrico, del Hospital General, del Hospital Verge de la Salut y del Ambulatorio El Carmen y el resto de recursos sanitarios que le sean adscritos.
- La Gerencia del Hospital Son Llàtzer, que gestiona los recursos de la atención especializada de dicho centro hospitalario, del Hospital Joan March y del resto de recursos sanitarios que le sean adscritos.
- La Gerencia del Hospital Comarcal de Inca, que gestiona los recursos de la atención especializada del Sector Sanitario de Tramuntana.
- La Gerencia del Hospital de Manacor, que gestiona los recursos de la atención especializada del Sector Sanitario de Llevant.
- La Gerencia del Área de Salud de Menorca, que gestiona de manera unitaria los recursos de la atención especializada y de la atención primaria de dicha área de salud.
- La Gerencia del Área de Salud de Eivissa y Formentera, que gestiona de manera unitaria los recursos de la atención especializada y de la atención primaria de dicha área de salud.
- La Gerencia de Atención de Urgencias 061, que gestiona la asistencia sanitaria relativa a las urgencias y las emergencias en el ámbito territorial de las Illes Balears.
También se sistematiza el régimen de suplencias de los órganos de dirección y de gestión del Servicio de Salud en los casos de vacante, ausencia o enfermedad.
[Fuente: BOIB. Núm. 141. 26/09/2015]
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