En el BOIB núm. 113, del 29 de agosto de 2024, se ha publicado la resolución del director general de Investigación en Salud, Formación y Acreditación de las Illes Balears, por la que se establece el procedimiento autonómico para obtener el certificado necesario para acceder extraordinariamente al título de especialista en Medicina de Urgencias y Emergencias y se hacen públicas las instrucciones generales del trámite.
¿Qué profesionales pueden acceder extraordinariamente?
- Las personas con título de médico especialista en ciencias de la salud
- Las personas habilitadas para el ejercicio de la medicina general y de familia, según lo establecido por el Real decreto 853/1993, de 4 de junio.
Según el tiempo de ejercicio profesional, puede accederse al título por dos vías posibles:
- Acceso directo
Disponible para las personas que acrediten una prestación ordinaria en jornada ordinaria durante, al menos, cuatro años dentro de los siete inmediatamente anteriores al 4 de julio de 2024. En jornada parcial, cuatro años dentro de los diez inmediatamente anteriores.
- Acceso después de haber superado una prueba práctica
Disponible para los y las profesionales que hayan finalizado su formación en los tres años inmediatamente anteriores al 4 de julio de 2024, que acrediten un ejercicio profesional (jornada ordinaria, o equivalente si es parcial) de, como mínimo, el 50% del tiempo transcurrido desde la obtención del título de especialista hasta la entrada en vigor de la norma.
Más información en este enlace al BOIB.
[Fuente: BOIB núm. 113. 29/08/2024]
[Foto: SAMU 061 IB]