En el BOIB núm. 149, de 26 de noviembre de 2016, se ha publicado el Decreto 67/2016, de 25 de noviembre, del Registro central de personal al servicio del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Según los diferentes artículos del Estatuto de autonomía de las Illes Balears y otra normativa vigente, este Decreto pretende regular la organización, el funcionamiento y el régimen jurídico del Registro central de personal al servicio del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, que crea la disposición adicional quinta de la Ley 13/2014, de 29 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el año 2015.
Este Decreto es aplicable a los entes comprendidos en el apartado 1 del artículo 2 de la Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
En el Registro central, debe inscribirse el personal funcionario propio, el personal laboral y el personal directivo profesional de los entes comprendidos en el apartado anterior.
[Fuente: BOIB. Núm. 149. 26/11/2016]
En el BOIB núm. 149, de 26 de noviembre de 2016, se ha publicado el Decreto 67/2016, de 25 de noviembre, del Registro central de personal al servicio del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.