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Modificación de la Ley de perros de asistencia a personas con enfermedad crónica

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Se aprueba la modificación impulsada por la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes, de la ley de perros de asistencia (Ley 1/2014. de 21 de febrero), para que las personas con enfermedad crónica acreditada y oficialmente reconocida (por ejemplo la diabetes o la epilepsia) puedan acceder, circular y permanecer en cualquier espacio público o privado asistidos con un perro de asistencia.

Hasta ahora la ley solo contemplaba las personas con discapacidad, sobre todo visual, auditiva y física.

Por lo tanto, se amplía este derecho a las personas con una enfermedad acreditada y oficialmente reconocida, pero que no han obtenido el grado de discapacidad.

Esta propuesta de modificación supone también la ampliación de la regulación de los perros de asistencia. Hasta ahora la regulación establecía tres tipos de perros de asistencia:

  • Perro guía: dirigido a personas con discapacidad visual o visual y auditiva.
  • Perro de señalización: para personas con discapacidad auditiva.
  • Perro de servicio: para personas con discapacidad física.

Nuevas modalidades de perros

Con la modificación de hoy se regulan dos nuevas modalidades de perros:

  • Perro de aviso o alerta: para personas que tienen una enfermedad o discapacidad que puede provocar una desconexión sensorial. El perro les avisa antes de que la desconexión suceda, ya que está adiestrado a percibir las alarmas previas a la desconexión y facilita así una respuesta más rápida y menos perjudicial.
  • Perro para personas con trastorno del espectro autista: perros especialmente adiestrados para controlar situaciones de emergencia.

[Fuente: Consejería de Asuntos Sociales y Deportes. 09/02/2021]

[Foto: rana ossama / All the troubles lie on his shoulder / CC-by-sa-2.0]

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