Categorías: COVID-19, Promoción de la salud y prevención de la enfermedad, Epidemiología

COVID-19: Se realizarán controles sanitarios en la entrada del país

Tipografía
  • Más pequeño Pequeño Mediano Grande Más Grande
  • Por defecto Helvetica Segoe Georgia Times

En el BOE núm. 298, de día 12 de noviembre de 2020, se ha publicado Resolución de 11 de noviembre de 2020, de la Dirección General de Salud Pública, relativa a los controles sanitarios a realizar en los puntos de entrada de España.

  • Todos los pasajeros que lleguen a España por vía aérea o marítima tendrán que someterse a un control sanitario antes de su entrada al país. Estos controles podrán incluir la presa de temperatura, un control documental y un control visual sobre el estado de el pasajero.
  • El control sanitario previo en la entrada se llevará a cabo en el primer puerto o aeropuerto español al cual llegue el pasajero.
  • Los pasajeros que lleguen a España por vía aérea o marítima tendránque someterse a un control de temperatura, el cual se realizará de manera rutinaria con el fin de identificar viajeros con fiebre. Se establece como límite de detección una temperatura igual o superior en 37,5 °C.
  • En cuanto al control documental, todos los pasajeros con origen en cualquier aeropuerto o puerto situado fuera de España tendrán que rellenar, antes de la salida, un formulario de salud pública denominado «Formulario de Control Sanitario».
  • Todo pasajero procedente de un país o zona de riesgo, que pretenda entrar en España, tendrá que disponer de una Prueba Diagnóstica de Infección Activa (PDIA) para SARS-CoV-2 con resultado negativo, realizada en las 72 horas previas a la llegada en España.
  • La PDIA para SARS-CoV-2 admitida es la PCR (RT-PCR de COVID-19).
  • Los pasajeros que, procediendo de un país o zona de riesgo no acrediten adecuadamente la realización de una PDIA para SARS-CoV-2 con resultado negativo realizada en las 72 horas previas a la llegada, tendrán que someterse a la realización de la PDIA que establezcan los servicios de sanidad exterior.

En caso del incumplimiento del que se prevé en esta resolución será aplicable el régimen contemplado en el Título VI de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública, referido a infracciones y sanciones.

La presente resolución producirá efectos a partir del día 23 de noviembre y hasta que el Gobierno declare la finalización de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.

[Fuente: BOE. Núm. 298. 12/11/2020]

[Foto: Conselleria de Salut]

Qué dice la prensa
*24/11/2020 ultimahora.es - Llegan a Baleares los primeros viajeros con PCR obligatoria.
*23/11/2020 periodicodeibiza.es - Los viajeros que llegan del extranjero deberán presentar una PCR negativa desde hoy.
*23/11/2020 ultimahora.es - Los viajeros que llegan del extranjero deberán presentar una PCR negativa desde hoy.

Noticias relacionadas

Información científica COVID-19

Vídeos COVID-19