Categoría: Seguridad alimentaria

La Comisión Europea ha adoptado una lista de sustancias aromatitzantes autorizadas

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La Comisión Europea ha adoptado dos actos legislativos para aclarar y armonizar la utilización de las sustancias aromatitzantes en el mercado único. Las sustancias aromatitzantes se utilizan en una amplia variedad de alimentos, como refrescos, confitería, cereales, pasteles y yogures, y ya han sido evaluadas a escala de la Unión Europea. La industria alimentaria sólo podrá utilizar las sustancias que figuran en las listas autorizadas.

El primer Reglamento prevé una amplia lista de sustancias aromatitzantes que pueden utilizarse en los alimentos. Esta normativa se aplicará a partir del 22 de abril de 2013 y todas las sustancias aromatitzantes que no aparezcan a la lista se prohibirán después de un periodo de eliminación gradual de dieciocho meses.

Por otro lado, el segundo Reglamento se refiere a medidas transitorias por otros aromas, como los obtenidos a partir de fuentes no alimentarias y se aplicará a partir del 22 de octubre de 2012.

[Fuente: Centro Balears Europa. 02/10/2012]