La Consejería de Salud rechaza el Real Decreto de 23 de octubre, del Consejo de Ministros, sobre la regulación de la prescripción enfermera, defiende la capacitación de las enfermeras y de los enfermeros, y lamenta que la nueva normativa los impedirá hacer, de manera autónoma, centenares de actuaciones que hasta ahora han han llevado a término con normalidad.
Este Real Decreto no reconoce las tareas que los enfermeros desarrollan de manera habitual desde hace años ni les ofrece apoyo jurídico. Además, prohíbe la indicación de medicamentos y material sanitario por parte de este colectivo.
Por este motivo, ante la aprobación del Real Decreto que regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros, la Consejería de Salud desear recalcar que esta medida no sólo no soluciona el problema de vacío legal que afectaba a la actividad del personal de enfermería, sino que agrava su situación, imponiendo una prohibición que quita sin motivo alguno autonomía a los profesionales que están realizando una labor asistencial con probada formación y eficiencia.
Así, el texto —que aún no ha sido publicado en el BOE— establece que los médicos, odontólogos y podólogos, en el ámbito de sus respectivas competencias, son los únicos profesionales con facultad para recetar. Por lo tanto, los enfermeros, a pesar de contar con la misma formación acreditada en farmacología por el Ministerio de Educación que odontólogos y podólogos, no podrán administrar legalmente ningún medicamento si no hay previamente un prescriptor que diagnostique al paciente y determine el protocolo a seguir, aunque el enfermero cuente con más formación y experiencia, y conozca mejor las guías de práctica clínica basadas en la evidencia científica para determinados procesos asistenciales que lidera y desarrolla con los usuarios de forma rutinaria.
Esta decisión tendrá consecuencias directas para los profesionales de enfermería, ya que se les prohibirá realizar cientos de actividades cotidianas sin la autorización previa de un médico; para los médicos, que verán aumentado considerablemente su volumen de trabajo por tener que autorizar productos necesarios en procesos asistenciales que, en ocasiones, ni controlan ni conocen por ser labor diaria del personal de enfermería; y para los usuarios, que notarán un empeoramiento en la atención.
Así, por ejemplo, ahora la enfermera es la responsable de administrar las vacunas o de decidir una cura; pero con la nueva normativa los pacientes deberán pasar primero por el médico, que tendrá que prescribir la vacuna o cura, para que la enfermera pueda realizar el procedimiento. Todo ello requerirá cita con el médico y luego con la enfermera, empeorando la calidad de la asistencia y el tiempo.
Es por todos estos motivos que la Consejería de Salud rechaza la norma que ha aprobado el Gobierno central y reivindica la autonomía en el desarrollo de las competencias que tienen reconocidas los enfermeros en su programa curricular de grado universitario, incluida la prescripción, y propone el desarrollo del Decreto 52/2011, de 20 de mayo, que regula en Baleares la actuación del personal de enfermería en el ámbito de la prestación farmacéutica del sistema sanitario público, ofertando así la misma atención que reciben los ciudadanos en la comunidad andaluza, en la que ha quedado demostrado con el desarrollo del Decreto 307/2009 que la prescripción enfermera supone una mejora de la calidad asistencial, siendo además una medida coste-efectiva.
[Fuente: Consejería de Salud. 11/11/2015 ]
[Foto: Infosalut]
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