En el BOE del día 2 de junio, se publica la resolución por la que la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades convoca las subvenciones para el Programa de estancias de movilidad de profesores e investigadores en centros extranjeros de enseñanza superior, en el marco del Subprograma Estatal de Movilidad. El objetivo de la convocatoria es facilitar la incorporación temporal del personal docente universitario y de investigadores a universidades, grandes instalaciones, laboratorios y centros de investigación extranjeros, con la intención de que amplíen sus conocimientos y mejoren su competencia académica, lo que redundará en beneficio del sistema universitario y de I+D+i españoles.
Existen dos modalidades en este programa de ayudas. La modalidad A esta destinada a profesores e investigadores con experiencia y trayectoria profesional acreditadas. En esta modalidad se espera que los beneficiarios participen en tareas docentes e investigadoras regulares dentro del centro de acogida. La Modalidad B tiene como objeto facilitar la movilidad de jóvenes doctores que se hayan incorporado recientemente a la carrera docente e investigadora.
Las estancias tendrán una duración mínima de tres meses y una duración máxima de séis. La subvención incluye una dotación mensual en concepto de gastos de alojamiento y manutención de entre 2.150 y 3.100 euros al mes, una dotación para gastos de viaje hasta un máximo de 1.200 euros y una dotación para gastos de instalación hasta un máximo de 2.500 euros. De estos dos últimos conceptos, el beneficiario de las ayudas solo tendrá derecho a percibir la cantidad correspondiente a los gastos de viaje e instalación que justifique y acredite debidamente.
Para ser beneficiario se ha de tener el título de doctor y haber obtenido el grado de doctor con anterioridad a 1 de enero de 2003 si se trata de la modalidad A, y a partir de esta fecha si se trata de la modalidad B. Las estancias podrán disfrutarse o haberse disfrutado, en su caso, desde el 1 de noviembre de 2013 al 30 de septiembre de 2015. Si la solicitud se concede y la estancia ha sido realizada total o parcialmente con anterioridad a la fecha de la resolución de concesión, la subvención podrá surtir efectos económico-admisnistrativos con carácter retroactivo, siempre que los benefiriacios puedan acreditar debidamente la incorporación o la realización de la estancia.
El plazo para la presentación de las solicitudes finaliza a las 14 horas del 24 de junio de 2014. Las solicitudes han de cumplimentarse en los formularios que el Ministerio de Educiación, Cultura y Deporte hará accesibles en su sede electrónica: https://sede.educacion.gob.es
Se puede consultar información sobre los centros de adscripción, centros de destino, detalles sobre la cumplimentación de la solicitud y demás requisitos a través del enlace proporcionado a continuación.
[Fuente: BOE. Núm. 133. 02/06/2014]
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