En el BOIB núm. 7, de día 16 de enero de 2020, se ha publicado la Resolución de la consejera de Salud y Consumo por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para realizar actividades en materia de salud pública para los ejercicios 2019 y 2020.
El objetivo de esta convocatoria es poder dar soporte a los proyectos, programas y actividades de Salud Pública que se lleven a cabo entre el 1 de octubre de 2019 y el 30 de septiembre de 2020 centrados en las siguientes líneas de actuación:
a) Programas y proyectos de promoción de la salud en el ámbito comunitario o colectivos en riesgo de exclusión social.
b) Programas y proyectos de promoción y educación para la salud en los centros educativos que participan en el Programa de Centros Educativos Promotores de la Salud de las Illes Balears.
c) Proyectos para la promoción de la donación de sangre y la captación directa de donantes en todos los municipios de las Illes Balears. Ayuda destinada a asociaciones municipales o autonómicas, de cualquier tipo, que quieran involucrarse en la promoción de la donación de sangre.
d) Proyectos para la prevención de la infección por VIH y otras infecciones de transmisión sexual en la población general y en colectivos específicos de afectados. e) Proyectos para ayudas para asociaciones de pacientes.
f) Proyectos de investigación sobre el uso de las tecnologías digitales en la población joven de las Illes balears.
g) Proyectos de intervención en el ámbito penitenciario destiinados a personas penadas con perfil de adicciones y/o sus familias.
La cantidad total que se destina es de 195.375€ que se repartirán durante el año 2020, de tal forma que de manera anticipada durante el primer trimestre del ejercicio 2020 se adelantará el 80% de los importes y una vez que se haya justificado todo el proyecto con la documentación exigida en esta convocatoria, el 20% restante.
El plazo para presentar solicitudes será de quince días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears, siempre y cuando esta publicación sea posterior a la de la convocatoria.
Las personas interesadas podrán presentar un máximo de dos solicitudes de subvención, en líneas distintas, para financiar los gastos generados por la realización de los programas y actividades previstos para las líneas 1, 3, 4, 5, 6 y 7 de la presente convocatoria.
Los centros educativos promotores de salud de las Illes Balears (CEPS) solo podrán presentar una solicitud de subvención para las actividades previstas en la línea 2, no pudiendo solicitar subvención para el resto de líneas objeto de esta convocatoria.
Las personas interesadas que reúnan los requisitos previstos en la presente convocatoria, en la Orden de bases y los establecidos en la normativa que les sea de aplicación, presentarán las solicitudes de subvención y la documentación adjunta, según el modelo de solicitud que se encuentra a disposición de las personas interesadas en la sede electrónica y en el Portal Salud de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears: Sede electrónica CAIB y Portal Salud.
[Fuentes: BOIB. Núm. 7. 16/01/2020 – Conselleria de Salut i Consum. 07/01/2020]
[Foto: James Lumb / People / CC BYND 2.0]