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Nuevas restricciones para evitar la propagación de la COVID-19

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A partir del dia 17 las Illes Balears aplicarán las nuevas restricciones para evitar la propagación de la COVID-19, de acuerdo con la nota de prensa (NdP) de Presidencia del Gobierno y la Resolución de 18 de agosto de 2020 (BOIB núm. 143, de 18 de agosto) de modificación de medidas del Plan de Medidas Excepcionales frente a la COVID-19.

De acuerdo con la NdP, durante la reunión se abordó la situación epidemiológica y asistencial en las Illes Balears y ha explicado el contenido de las once medidas que se implementarán a partir de mañana mediante una resolución.

La presidenta destacó que las medidas van en la línea de actuación del Govern y que algunas de las iniciativas ya se llevaban a cabo de manera pionera en las Balears, como por ejemplo la limitación del ocio nocturno y la prohibición del botellón. Otras son más restrictivas y se tendrán que cumplir obligatoriamente dado que han sido acordadas por todas las comunidades autónomas.

En este sentido, para dar cumplimiento a las indicaciones del Ministerio de Sanidad, el Govern ha transpuesto las nuevas medidas a través de una resolución de la consellera de Salud y Consumo que será publicada en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Estas nuevas medidas, manifestó la presidenta «tienen como finalidad reforzar la seguridad sanitaria, romper las cadenas de transmisión del virus y reducir las situaciones de riesgo que se pueden producir en el ámbito social».

Asímismo, Armengol se refirió a las medidas ya aplicadas y remarcó que la responsabilidad de los ciudadanos es fundamental.

De manera sintetizada, la resolución prevé actuaciones en ámbitos diversos:

Cribado

Se continuarán haciendo PCR a poblaciones de riesgo y potencialmente expuestas (residencias, barrios con transmisión comunitaria, centros educativos, edificios afectados...).

Visitas a residencias

Las visitas serán de una persona por residente, con cita previa y una duración máxima de una hora al día, excepto en el caso de personas en proceso de final de vida. No se permiten las salidas a los residentes mayores, en situación de dependencia o con otros factores de riesgo.

Eventos multidinarios

La Dirección General de Salud Pública y Participación tiene que evaluar el riesgo que representan. La asistencia máxima será de 1.000 personas en el exterior y de 300 en espacios interiores. En cuanto a los lugares de culto, la asistencia máxima permitida será del 50 % del aforo.

Ocio nocturno y similares

Se prohíbe la apertura de salas de fiesta, discotecas, cafés concierto, bares de copas, boat parties y similares.

Restaurantes, bares y cafeterías

Las mesas tienen que estar separadas por 1,5 metros con grupos de un máximo de diez personas. Los locales deben cerrar, como máximo, a la 1.00 h y no pueden admitir a nuevos clientes después de las 00.00 h. El consumo en la barra en bares y cafeterías estará permitido solo hasta las 22.00 h y deberá garantizarse la distancia de 1,5 metros. En las terrazas, sin límite de ocupación, debe mantenerse una distancia mínima de 1,5 metros entre las mesas, y no puede haber más de diez personas por grupo.

Señalización de establecimientos

Los establecimientos tienen que exponer al público los horarios, la obligatoriedad de la distancia y del uso de mascarilla, así como también el aforo máximo (incluidos los trabajadores). Los locales tienen que asegurar el cumplimiento de estas medidas.

Consumo de tabaco

Se prohíbe el consumo de tabaco en la vía pública o en espacios al aire libre si no se puede mantener una distancia de dos metros.

Espectáculos y deportes

Se prohíbe la práctica de deportes con contacto. El inicio de competiciones se pospone hasta el 1 de octubre, si las condiciones sanitarias lo permiten.

[Fuentes: Presidencia de Gobierno. 17/08/2020 - BOIB núm. 143. 18/08/2020

[Foto: Presidencia de Gobierno]

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