El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto-Ley de medidas que permiten a las comunidades autónomas y al Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA) la contratación excepcional de personal facultativo y no facultativo para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.
El Real Decreto-Ley establece la prestación excepcional y transitoria de servicios del personal médico y de Enfermería estatutario, laboral y funcionario. Así, indica asimismo que las comunidades autónomas podrán destinar el personal estatutario de Enfermería y médico facultativo especialista de área de cualquier especialidad, dentro de su centro hospitalario, a unidades asistenciales de otra especialidad distinta de la suya cuando el número de profesionales de dichas unidades no sea suficiente, como consecuencia de la pandemia por COVID-19.
El objetivo es dar atención sanitaria a los pacientes de dichas áreas, siempre que quede garantizada la asistencia sanitaria de sus unidades asistenciales de origen.
Además, cada comunidad autónoma podrá acordar que el personal de Enfermería y médico especialista estatutario que preste servicios en centros hospitalarios pase a hacerlo en los centros de Atención Primaria de su área de influencia con el objetivo de reforzarla y siempre que, como en el caso anterior, quede garantizada la atención sanitaria en sus unidades de origen. También podrán destinar al personal estatutario de la categoría de Enfermería, médico/a o pediatra de Atención Primaria, de forma excepcional y transitoria, a prestar servicios en sus hospitales de referencia o a hospitales de campaña, si las necesidades lo demandan.
[Fuente: Ministerio de Sanidad. 29/09/2020]
[Foto: Banc d'Imatges Infermeres / Infermeres i TCAIS fan una simulació d'atenció de persones amb el virus d'Ebola / CC BY-NC-SA 4.0]