Categoría: COVID-19

Acuerdo del Consell de Govern por el cual se establecen medidas excepcionales para contener la pandemia ocasionada por la COVID-19

Tipografía
  • Más pequeño Pequeño Mediano Grande Más Grande
  • Por defecto Helvetica Segoe Georgia Times

En el BOIB núm. 99 de 24 de julio de 2021, se ha publicado el acuerdo del Consell de Govern de 20 de julio de 2021 que establece medidas de control extraordinarias para controlar la pandemia ocasionada por la COVID-19.

 Condiciones en que se pueden llevar a cabo las reuniones y encuentros familiares y sociales, en horario nocturno

Durante el periodo de vigencia de este Acuerdo, las reuniones y encuentros familiares y sociales, en horario nocturno, se tienen que someter a las condiciones siguientes:

Cuando la incidencia acumulada a catorce días en la isla sea superior a 350 casos por 100.000 habitantes y la presión hospitalaria sea superior al 5% con relación a camas de cuidados críticos por COVID-19 o del 2% con relación a camas de hospitalización por COVID-19, no se permitirán reuniones sociales o familiares de personas, en el horario comprendido entre las 02.00 y las 06.00, excepto que se trate de personas convivientes.

Cuando la incidencia acumulada a catorce días en la isla sea superior a 450 casos por 100.000 habitantes y la presión hospitalaria sea superior al 10% con relación a camas de cuidados críticos por COVID-19 o del 5% con relación a camas de hospitalización por COVID-19, no se permitirán reuniones sociales o familiares de personas, en el horario comprendido entre las 01.00 y las 06.00, excepto que se trate de personas convivientes.

Mediante una resolución de la consejera de Salud y Consumo, se hará pública, quincenalmente, la situación de la incidencia acumulada y de la presión hospitalaria de cada isla y, consecuentemente, la aplicación de las medidas que corresponden en cada caso.

Prórroga de las medidas de control en la entrada de personas en las Illes Balears, procedentes del resto de comunidades autónomas y de las ciudades Ceuta y Melilla

Las medidas que se contienen en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 14 de junio de 2021, por el cual se establece la medida excepcional de control en la entrada de personas en las Illes Balears, procedentes del resto de comunidades autónomas y de las ciudades de Ceuta y Melilla, para prevenir y contener la pandemia ocasionada por la COVID-19 durante parte del mes de junio y todo el mes de julio de 2021, quedan prorrogadas hasta el día 15 de septiembre de este año.

Vigencia del acuerdo

Este Acuerdo será eficaz a partir de su publicación y mantiene su vigencia durante un mes.

[Fuente: BOIB núm. 99. 24/07/2021]

[Foto: Infosalut / Gent passejant pel carrer / CC BY-NC-SA 4.0]

Información científica COVID-19

Vídeos COVID-19