En la normativa del Ministerio de Sanidad del año 2007 se realizaba la última actualización de la lista de principios activos con estrecho margen terapéutico, esto es, aquellos medicamentos que no pueden ser sustituidos por otros en la dispensación. Tras esta actualización, la lista contenía los siguientes componentes: acenocumarol, carbamazepina, ciclosporina, digoxina, metildigoxina, fenitoina, litio, teofilina, warfarina y levotiroxina.
En un informe de mayo de 2013, tras un proceso de evaluación, la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios estimó que la flecainida debe ser considerada un principio activo de estrecho margen terapéutico.
De esta estimación ha derivado la norma del 4 de abril, que añade a la mencionada lista este medicamento para tratar la arritmia, y por tanto, se impide su sustitución en la dispensación por parte del farmacéutico, sin la autorización expresa del médico prescriptor.
En la normativa del Ministerio de Sanidad del año 2007 se realizaba la última actualización de la lista de principios activos con estrecho margen terapéutico, esto es, aquellos medicamentos que no pueden ser sustituidos por otros en la dispensación. Tras esta actualización, la lista contenía los siguientes componentes: acenocumarol, carbamazepina, ciclosporina, digoxina, metildigoxina, fenitoina, litio, teofilina, warfarina y levotiroxina.