El Consejo de Ministros aprobó el 21 de marzo de 2014 el Real Decreto por el que se regula el Sistema de Precios de Referencia y de Agrupaciones Homogéneas de Medicamentos en el Sistema Nacional de Salud, y Determinados Sistemas de Información en materia de Financiación y Precios de los Medicamentos y Productos Sanitarios.
Entre las modificaciones introducidas destacan las siguientes:
- Se podrán crear nuevos conjuntos de medicamentos al cumplir diez años de su autorización en un país miembro de la Unión Europea, a pesar de no contar con un genérico.
- Se plasma la necesidad de comercialización efectiva de los conjuntos.
- El nuevo sistema también establece que el cálculo del precio de referencia de cada conjunto debe realizarse en base al coste/tratamiento/día menor de las presentaciones incluidas, con dos excepciones que hacen referencia al precio de referencia ponderado y al precio de referencia mínimo.
Grupos homogéneos
Además, este Real Decreto regula los grupos homogéneos de medicamentos y desarrolla de forma reglamentaria este sistema.
Otros sistemas de información
Asimismo, a través del Real Decreto se normativizan otros sistemas de información en el campo de la financiación y de los precios de los medicamentos.
[Fuente: Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad. 21/03/2014]
El Consejo de Ministros aprobó el 21 de marzo de 2014 el Real Decreto por el que se regula el Sistema de Precios de Referencia y de Agrupaciones Homogéneas de Medicamentos en el Sistema Nacional de Salud, y Determinados Sistemas de Información en materia de Financiación y Precios de los Medicamentos y Productos Sanitarios.