En el BOIB núm. 172, de 16 de diciembre de 2014, se ha publicado la Resolución de 10 de diciembre de 2014, del director general de Educación, Personal Docente, Universidades e Investigación, por la que se establecen el procedimiento y los plazos para renovar la acreditación de los títulos universitarios oficiales de grado, máster y doctor que imparten las universidades del sistema universitario de las Illes Balears.
El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, fija en uno de sus artículos la renovación de la acreditación de los títulos universitarios oficiales. Para los títulos de grado y de doctor se establece un plazo de seis años, a contar desde la fecha de verificación inicial o desde la última acreditación. En cuanto a los títulos de máster, el plazo es de cuatro años, también a contar desde la fecha de verificación inicial o desde la última acreditación.