En el BOIB núm. 93, de día 26 de mayo de 2020, se ha publicado la Resolución de la consejera de Administraciones Públicas y Modernización, de 20 de mayo de 2020, por la que se fija la equivalencia entre las nuevas figuras de personal colaborador y las que regula el Decreto 62/2011, de 20 de mayo, por el cual se regulan las modalidades de colaboración en las actividades formativas y en los procesos selectivos y de provisión organizados por la Escuela Balear de Administración Pública, y se aprueba el baremo de las indemnizaciones que se derivan.
Se fija la equivalencia en el marco del Plan anual de actuación entre las nuevas figuras colaboradoras y las que regula el Decreto 62/2011, de 20 de mayo, en los términos siguientes:
Conferenciante no presencial
- Persona colaboradora que, de manera unipersonal, imparte una conferencia o actividad divulgativa no presencial sobre un contenido o una materia por razón de su especialización.
- Se asimila a la figura de conferenciante o ponente unipersonal (artículo 9 del Decreto 62/2011), con la indemnización que establece el punto e del anexo 1, de 267 €.
- Si las conferencias las imparten personas de reconocido prestigio académico y profesional, la indemnización podrá ser pactada sin superar los 667€ por sesión.
Asistente de sesión de conferencia no presencial
- Persona colaboradora que apoya al conferenciante no presencial a lo largo de la sesión.
- Se asimila a la figura de ponente o moderador de mesa redonda (artículo 9 del Decreto 62/2011), con la indemnización que establece el punto f del anexo 1 de 72 € por sesión.
[Fuente: BOIB. Núm. 93. 26/05/2020]
[Foto: Hospital Universitari Son Espases]