En el BOIB núm. 59, de día 6 de mayo de 2021, se ha publicado el Decreto 23/2021, de 3 de mayo, por el que se modifica el Decreto 63/2019, de 2 de agosto, de estructura orgánica básica del Servicio de Salud de las Illes Balears (IB-Salut).
El Decreto 63/2019 de 2 de agosto, establece la estructura orgánica básica del Servicio de Salud.
Ahora se modifican:
El artículo 16 del Decreto de 2019, que queda redactado de la manera siguiente: La Subdirección de Gestión de Personal, bajo la dependencia de la Dirección de Área de Profesionales y Relaciones Laborales, tiene las funciones siguientes:
- Gestionar la seguridad y la salud del personal del Servicio de Salud y coordinar la prevención de riesgos laborales.
- Gestionar la planificación de las plantillas.
- Gestionar y tramitar los procesos de selección y provisión de plazas del personal estatutario.
- Gestionar la carrera profesional y los procedimientos de evaluación del cumplimiento laboral.
- Gestionar y tramitar, en general, los expedientes, los procedimientos y las propuestas en materia de personal.
- Desempeñar, en general, todas las funciones que le atribuya la Dirección de Área de Profesionales y Relaciones Laborales y las que se le deleguen expresamente.
El artículo 17 del Decreto de 2019, que queda redactado de la manera siguiente: La Subdirección de Relaciones Laborales, bajo la dependencia de la Dirección de Área de Profesionales y Relaciones Laborales, tiene las funciones siguientes:
- Ejecutar el diseño de las relaciones laborales con las organizaciones sindicales y los órganos de representación del personal y llevar a cabo el seguimiento y el control de los derechos de este.
- Desarrollar las relaciones con las organizaciones sindicales.
- Implantar las políticas de personal.
- Desarrollar las propuestas de normativa reguladora del régimen jurídico del personal del Servicio de Salud.
- Hacer análisis, elaborar estudios y formular informes propuesta en materia de formación continuada del personal de los Servicios Centrales, y gestionar dicha formación.
- Desempeñar, en general, todas las funciones que le atribuya la Dirección de Área de Profesionales y Relaciones Laborales y las que se le deleguen expresamente.
[Fuente: BOIB. Núm. 59. 06/05/2021]
[Foto: Infosalut / IB-Salut / CC BY-NC-SA 4.0]