En el BOE núm. 197, de día 14 de agosto, se ha publicado el Real Decreto 640/2014, de 25 de julio, por el que se regula el Registro Estatal de Profesionales Sanitarios.
Diversas leyes regulan el sistema de información sanitaria del Sistema Nacional de Salud (SNS), en cuanto al conocimiento sobre los recursos humanos, los registros públicos de profesionales y la obligación por parte de los servicios de salud de las comunidades autónomas a implantar registros de inscripción de personal.
En abril de 2012 se creó el Registro Estatal de Profesionales Sanitarios, aprobando más adelante algunas modificaciones con la finalidad de conformar el marco legal de este registro.
Posteriormente, en febrero de 2014 se reguló el intercambio de información relativo a profesionales sanitarios entre autoridades competentes de los Estados de la Unión Europea.
La mayoría de comunidades autónomas han normalizado los registros. A partir de ahora hay que coordinarlos y estipular el procedimiento de integración de datos en el registro estatal. También hay que tener en cuenta los datos de los colegios profesionales y centros sanitarios privados, entre otros.
[Fuente: BOE. Núm. 197. 14/08/2014]
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En el BOE núm. 197, de día 14 de agosto, se ha publicado el Real Decreto 640/2014, de 25 de julio, por el que se regula el Registro Estatal de Profesionales Sanitarios.