En el BOIB extraordinario núm. 97, de 2 de julio de 2015, se ha publicado el Decreto 12/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
El Decreto 8/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, determina la composición del Gobierno y establece una nueva estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears mediante la creación, la extinción y la modificación de varias consejerías.
Así pues, para la Consejería de Salud se establece la siguiente estructura orgánica básica:
Consejería de Salud
- Secretaría General
- Dirección General de Planificación, Evaluación y Farmacia
- Dirección General de Salud Pública y Participación
- Dirección General de Acreditación, Docencia e Investigación en Salud
- Dirección General de Consumo
Las direcciones generales mencionadas ejercen sus competencias en los siguientes ámbitos materiales:
- Dirección General de Planificación, Evaluación y Farmacia: planificación y ordenación sanitaria general; definición de cartera de servicios y prestaciones sanitarias y sus indicadores de evaluación. Ordenación de la asistencia sanitaria. Ordenación farmacéutica y productos farmacéuticos. Inspección de Farmacia.
- Dirección General de Salud Pública y Participación: promoción de la salud y prevención de la enfermedad. Ordenación de la medicina preventiva. Epidemiología y prevención de las enfermedades. Sanidad ambiental; sanidad veterinaria; Inspección Sanitaria. Relaciones con asociaciones de pacientes. Participación de los pacientes. Coordinación de la Fundación Banco de Sangre y Tejidos.
- Dirección General de Acreditación, Docencia e Investigación en Salud: evaluación y acreditación de los centros sanitarios. Políticas de formación y de investigación. Coordinación de la Fundación de Investigación Ramon Llull. Coordinación autonómica de trasplantes de órganos y tejidos.
- Dirección General de Consumo: defensa de los consumidores y usuarios; control de mercado; inspección de consumo; información y atención a los consumidores y usuarios; Junta Arbitral de Consumo; relaciones con las asociaciones de consumidores.
[Fuente: BOIB. Núm. 97. 02/07/2015]
[Foto: Infosalut]
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