En el BOIB núm. 117, de 4 de agosto de 2015, se ha publicado la Resolución de la consejera de Salud, por la que se delegan diferentes competencias y la firma en determinados órganos directivos de la Consejería y se establece el régimen de suplencia.
Así pues, se delegan en la persona titular de la Secretaría General de la Consejería de Salud diferentes competencias en materia de contratación y proyectos de inversión, subvenciones, acuerdos y convenios de colaboración, personal, gestión presupuestaria, entre otras.
Igualmente, también se establece el régimen de suplencias de los órganos directivos de la Consejería de Salud en caso de ausencia, enfermedad o vacante de cualquiera de los titulares de las direcciones generales de Planificación, Evaluación y Farmacia; de Salud Pública y Participación; de Acreditación, Docencia e Investigación en Salud; de Consumo, y de la Secretaría General.
[Fuentes: BOIB. Núm. 117. 04/08/2015 - BOIB. Núm 128. 27/08/2015]
[Foto: Infosalut]
En el BOIB núm. 117, de 4 de agosto de 2015, se ha publicado la Resolución de la consejera de Salud, por la que se delegan diferentes competencias y la firma en determinados órganos directivos de la Consejería y se establece el régimen de suplencia.