En el BOIB núm. 66, de 30 de abril de 2015, se ha publicado el Decreto 27/2015, de 24 de abril, de modificación del Decreto 2/2005, de 14 de enero, regulador de las medidas mínimas de seguridad y protección que tienen que cumplir las playas y zonas de baño de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
La normativa hasta ahora establecida dice que la protección civil es una competencia concurrente entre el Estado y las comunidades autónomas, define los servicios de rescate, establece la formación adecuada que tienen que tener estos servicios y el personal de emergencias y regula las medidas mínimas de seguridad y protección que deben cumplir las playas y zonas de baño de nuestra comunidad autónoma.
Entre las finalidades de las modificaciones del Decreto encontramos: asegurar y mejorar la seguridad y la prestación del servicio público de salvamento a las playas y zonas de baño, establecer la regulación de los mínimos de formación de los cuales tiene que disponer el personal de socorrismo en instalaciones acuáticas y espacios naturales a la comunidad autónoma de las Islas Baleares y la inscripción de los socorristas en el Registro Profesional de Socorristas Acuáticos de la Comunitat Autónoma de las Islas Baleares.
[Fuente: BOIB. Núm. 66. 30/04/2015]
[Foto: Infosalut]