Categoría: Sociosanitario

El presidente del Gobierno Balear ha promulgado la Ley 1/2014, de perros de asistencia

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En el BOIB núm. 29, de 1 de marzo, se ha aprobado la Ley 1/2014, de 21 de febrero, de perros de asistencia.

En el ámbito nacional y autonómico hay normativa diversa que afecta a las personas con minusvalías físicas, psíquicas y sensoriales y que hace referencia a políticas de protección y apoyo, a estrategias en el campo de servicios sociales y a la mejora de la accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas.

La Ley 5/1999, de 31 de marzo, de perros guía, llevó a cabo un importante trabajo en la regulación de esta materia.

En la actualidad hay nuevas situaciones que implican la renovación de la reglamentación y al mismo tiempo se hace necesaria la ampliación de la utilización de estos animales en personas con otras disfunciones, como pueden pueden ser dificultades con la movilidad, problemas de epilepsia, etc. Además se introduce el concepto de terapia. Por eso ya no es suficiente la ley de perros guia, haciéndose necesaria la introducción del concepto de perro de asistencia.  

La nueva ley establece los derechos y las obligaciones de los usuarios y regula las actividades de control de estos animales. También fija las condiciones mínimas que debe tener un centro de adiestramiento.

[Fuente: BOIB. Núm. 29. 01/03/2014]