Según el ministro de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Alfonso Alonso, unos 4.500 pacientes han iniciado el tratamiento con los nuevos antivirales para tratar la hepatitis C, una estimación llevada a cabo en base a los fármacos comprados por las Comunidades Autónomas.

El ministro ha hecho estas declaraciones en el marco de su intervención en el Pleno del Senado, en respuesta a una pregunta sobre el Plan Estratégico para el Abordaje de la Hepatitis C. También se ha referido a la puesta en funcionamiento de este Plan.

Asimismo, Alfonso Alonso ha manifestado que se mantienen conversaciones con la industria farmacéutica para incorporar fármacos innovadores contra la hepatitis C a la financiación pública.

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En el BOE núm. 18, de 21 de enero de 2015, se ha publicado la Orden SSI/23/2015, de 15 de enero de 2015, por la que se aprueba la quinta edición de la Real Farmacopea Española y la segunda edición del Formulario Nacional.

La Farmacopea es la normativa sobre la calidad física, química y biológica de los principios activos y excipientes, en cuánto componentes de los medicamentos de uso humano y veterinario; también contiene las reglas sobre los métodos analíticos para su control.

La actualización de este documento es periódica y se efectua de acuerdo a lo especificado por ley. En su elaboración se tiene en cuenta la Farmacopea Europea y las monografías singulares españolas.

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El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad ha acordado con las sociedades científicas y con los pacientes que los nuevos medicamentos contra la hepatitis C lleguen equitativamente a todas las comunidades autónomas, lo que ha puesto en conocimiento de los consejeros de Sanidad autonómicos.

El Ministerio trabaja en un Plan Estratégino sobre el tema, cuya finalidad es la extensión paulatina del tratramiento combinado frente al virus.

Asimismo, Sanidad ha trasladado a las comunidades autónomas el propósito de financiar nuevos medicamentos para la hepatitis C.

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En el  BOE núm. 257, de 23 de octubre, se ha publicado la Resolución de día 1 de octubre de 2014, de la Secretaria General de Sanidad y Consumo, por la que se publica el Acuerdo entre la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, por el que se fijan las condiciones en la adquisición de talonarios de recetas oficiales de estupefacientes.

La regulación de las recetas oficiales, las condiciones especiales de prescripción y la dispensación de estupefacientes para uso humano y veterinario están contempladas en el Real Decreto 1675/2012, de 14 de de diciembre.

La finalidad del acuerdo es dirigir el procedimiento que hay que seguir en la adquisición de talonarios de recetas oficiales de estupefacientes, para uso humano y veterinario, y también de los talonarios de vales de estupefacientes.

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Ana Mato ha notificado que hay un principio de acuerdo entre el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y el laboratorio que fabrica el medicamento Sofosbuvir, con la finalidad de incluirlo en el sistema de financiación público.

Sofosbuvir es un medicamento innovador que actúa contra la hepatitis C.

La propuesta se presentará próximamente en la Comisión Interministerial de Precios de los Medicamentos.

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La ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Ana Mato presentó el día 5 de julio, junto a la presidenta del Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos, Carmen Peña, las propuestas que desarrollan el Acuerdo marco suscrito para el desarrollo del Pacto por la Sostenibilidad y la Calidad del Sistema Nacional de Salud en octubre de 2013. En el documento también han colaborado sociedades científicas y organizaciones implicadas en el tema.

El desarrollo del acuerdo afronta tres grandes ámbitos:

  • El Pacto por la Sanidad, desde el punto de vista de los farmacéuticos.
  • La ordenación y el desarrollo profesional del colectivo.
  • Su contribución en la implementación de la herramienta y los proyectos de Gestión Clínica.

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En el  BOE núm. 144, de 14/06/2014, se ha publicado el Real Decreto 477/2014, de 13 de junio, por el que se regula la autorización de medicamentos de terapia avanzada de fabricación no industrial.

Estos medicamentos de terapia avanzada comprenden los medicamentos de terapia génica y los de terapia celular somática, los productos de ingeniería tisular y los medicamentos combinados de terapia avanzada.

El procedimiento de autorización de medicación de terapia avanzada corresponde a las autoridades competentes del Estado miembro.

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En la normativa del Ministerio de Sanidad del año 2007 se realizaba la última actualización de la lista de principios activos con estrecho margen terapéutico, esto es, aquellos medicamentos que no pueden ser sustituidos por otros en la dispensación. Tras esta actualización, la lista contenía los siguientes componentes: acenocumarol, carbamazepina, ciclosporina, digoxina, metildigoxina, fenitoina, litio, teofilina, warfarina y levotiroxina.

En un informe de mayo de 2013, tras un proceso de evaluación, la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios estimó que la flecainida debe ser considerada un principio activo de estrecho margen terapéutico.

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En el BOE núm. 312 de 30/11/2013 se ha publicado la  resolución de 18 de diciembre de 2013, de la Dirección General de Cartera Básica de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia, por la que se procede a la actualización de la cuantía máxima correspondiente a los medicamentos pertenecientes a los grupos ATC de aportación reducida, y se actualizan los límites máximos de aportación mensual para las personas que ostenten la condición de asegurado como pensionistas de la Seguridad Social y sus beneficiarios en la prestación farmacéutica ambulatoria.

A partir del 1 de enero de 2014 se procede a:

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El Consejo de Ministros ha aprobado, a propuesta del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, un Real decreto que simplifica la prescripción y dispensación de los medicamentos estupefacientes de uso humano. El objetivo es mejorar el acceso a los pacientes y rebajar la burocracia a los profesionales.

La norma forma parte del desarrollo reglamentario de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios.

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