El Ministerio de Sanidad recorda que a partir del día 20 de mayo no se podrán fabricar, distribuir ni vender dentro del territorio nacional o de la Unión Europea las marcas comerciales de tabaco que contengan mentol.
De esta manera finaliza la moratoria establecida por la Unión Europea para los productos con aroma característico, establecidos por real decreto, ya sea como aroma presente en su composición o en cápsulas dosificadoras en filtros.
También se cumple con el compromiso de lucha contra el tabaquismo, ya que estos productos favorecen la introducción de nuevos consumidores de tabaco, sobre todo jóvenes, y dificultan la posibilidad de dejarlo.
El mentol enmascara el sabor sabor amargo del tabaco en combustión, el efecto irritante, el picor y la congestión de las vías respiratorias altas originado por el humo y tiene un efecto dilatador de los alvéolos pulmonares.
El incumplimiento de esta norma constituye una infracción administrativa grave a las medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco.
[Fuente: Ministerio de Sanidad. 20/05/2020]
[Foto: Geralt / Cigarrettes ash / CC0 Public Domain]