Categoría: Instituciones sanitarias

Modificación de precios públicos que han de aplicar los centros sanitarios

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En el BOIB núm. 13, de día 24 de diciembre de 2020, se ha publicado la Resolución  de modificación de la Orden de la consejera de Salud y Consumo del mes de diciembre de 2006, por la que se establecen los precios públicos que han de aplicar los centros sanitarios de la red pública de les Illes Balears para la prestación de servicios sanitarios cuando existan terceros obligados al pago o usuarios sin derecho a la asistencia sanitaria de la Seguridad Social.

Atención especializada. Anexo 1.

La atención especializada incluye las actividades asistenciales, diagnóstica, terapéuticas, de rehabilitación y las curas que se aconseja que se apliquen en este nivel a causa de su naturaleza. La atención especializada garantiza la continuidad de la atención integral de los pacientes una vez superadas las posibilidades de la atención primaria.

1.1. Asistencia hospitalaria

1.1.1. Precios por grupo relacionado con el diagnóstico (GRD)

El precio del GRD incluye toda la asistencia sanitaria prestada al paciente en un proceso determinado, lo que abarca las analíticas, las pruebas diagnósticas, las prótesis quirúrgicas, los marcapasos y cualquier otro material implantable (incluidas las mallas) y el material de cirugía laparoscópica desechable, siempre que su importe no supere el 50 % de la valoración del GRD. Si excede este porcentaje, el GRD debe facturarse sumándole la mitad del precio de las prótesis.

En este enlace podéis consultar la tabla 1. Procesos médicos y quirúrgicos singularizados.

Relación de centros. Anexo 2. Asimismo, en este enlace podéis consultar la relación de centros.

[Fuente: BOIB: Núm. 13. 24/12/2020]

[Foto: Infosalut / Conselleria de Salut i Consum del Govern de les Illes Balears / CC BY-NC-SA 4.0]