En el BOIB núm. 212, de día 22 de diciembre, se ha publicado el Decreto 37/2020 de21 de diciembre, por el que se fija el calendario de días inhábiles para el año 2021 a efectos del cómputo administrativo.
Serán días inhábiles en todo el ámbito territorial de la comunidad autónoma de las Illes Balears, además de los sábados y domingos, las fiestas laborales de ámbito nacional y de esta comunidad autónoma que se indican a continuación:
- 1 de enero, Año Nuevo
- 6 de enero, Epifanía del Señor
- 1 de marzo, Día de las Illes Balears
- 1 de abril, Jueves Santo
- 2 de abril, Viernes Santo
- 5 de abril, Lunes de Pascua
- 1 de mayo, Fiesta del Trabajo
- 12 de octubre, Fiesta Nacional
- 1 de noviembre, Día de Todos los Santos
- 6 de diciembre, Día de la Constitución
- 8 de diciembre, Inmaculada Concepción
- 25 de diciembre, Día de Navidad
Asimismo, serán días inhábiles en cada municipio de las Illes Balears los días de sus respectivas fiestas locales, que constan en el anexo de la Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo.
[Fuente: BOIB. Núm. 212. 22/01/2021]
[Foto: Govern de les Illes Balears]