Categoría: Recursos humanos

Carrera profesional, sexenios y paga extra 2012 para el personal de la CAIB

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La consejera Catalina Cladera presenta el Proyecto de ley de presupuestos 2018 sobre el alcance de medidas de función pública, a los sindicados representantes de los trabajadores públicos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (CAIB) que integran la Mesa General del Empleado Público.

Se incluyen medidas previstas en el Proyecto de ley de presupuestos CAIB 2018 para los trabajadores y trabajadoras de la Administración de la Comunitat Autónoma, incluido el personal estatutario.

En este contexto, las cifras del presupuesto CAIB 2018 incluyen la aplicación total del complemento de carrera profesional para el personal de servicios generales y el estatutario. La aplicación efectiva de la evaluación y compensación de la evolución de cada profesional público, a través del complemento de carrera profesional, ha sido uno de los pilares de la política en materia de función pública por parte del Gobierno, junto a recuperación progresiva de los derechos que este colectivo de trabajadores públicos habían perdido.

El procedimiento de retorno de esta paga extraordinaria se ha hecho de manera escalonada desde 2015, y se completará durante el mes de diciembre para la totalidad de trabajadores de la función pública, docentes y estatutarios, personal funcionario y laboral, docentes de la escuela concertada, y trabajadores de las empresas públicas, fundaciones y consorcios del sector público instrumental de la CAIB, que tienen derecho a la percepción. Esta medida se avanza y finalmente irá a cargo del presupuesto de 2017 actualmente en vigor.

Asimismo, se ha informado que el Presupuesto 2018 prevé el mantenimiento de políticas de personal que propugnan la conciliación de la vida laboral y la personal de los trabajadores públicos, en el caso de la reducción voluntaria de la jornada laboral, la licencia especial por asuntos propios, o la excedencia voluntaria especial.

También se habilitan los nombramientos o contratos temporales que se podrán realizar sin la autorización preceptiva de las direcciones generales de Presupuestos y de Función Pública

[Fuente: Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas. 26/1072017]

[Foto: Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas]