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Se establece la gratuidad de las plazas de aparcamiento de los hospitales públicos de las Illes Balears

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En el BOIB núm. 142, de 13 de noviembre de 2018, se ha publicado la Ley 11/2018, de 6 de noviembre, por la que se establece la gratuidad de las plazas de aparcamiento de los hospitales públicos de las Illes Balears.

Actualmente, en las Illes Balears existen doce hospitales públicos, gestionados por el Servicio de Salud de las Illes Balears (IB-Salut).

En Mallorca: Hospital Universitario Son Espases, Hospital Son Llàtzer, Hospital General, Hospital Psiquiátrico y Hospital Verge de la Salut, en Palma; Hospital Joan March, en Bunyola; y Hospitales Comarcales de Inca y de Manacor. En Menorca: Hospital Mateu Orfila. En Eivissa: Hospital Can Misses. Y en Formentera: Hospital de Formentera.

En Mallorca, además, está previsto disponer, próxima y nuevamente, del Hospital Son Dureta; y en Menorca, del Hospital Verge del Toro.

Todos los hospitales públicos gestionados por el Servicio de Salud de las Illes Balears disponen de una zona de aparcamiento propio, en régimen de gratuidad, excepto en dos casos: en el Hospital Universitario de Son Espases, en Palma, y en el Hospital Can Misses, en Eivissa.

Aí pues, el principio de igualdad inspira claramente el contenido de esta ley, que tiene como objetivo principal lograr la igualdad en las condiciones de acceso a los servicios públicos hospitalarios para todos los ciudadanos de las Illes Balears.

En el caso del Hospital Can Misses, dado que el hospital está situado en una zona urbana, las consecuencias de la carencia de gratuidad de las plazas de aparcamiento en el recinto hospitalario determinan que este esté infrautilizado y, por el contrario, se colapsen las plazas de aparcamiento de la zona urbana que rodea el hospital, con el perjuicio que ello comporta para los vecinos de esta zona.

En el caso del Hospital Universitario Son Espases, la situación se agrava por su localización, dado que cerca del mismo no existen zonas de aparcamiento urbano, de forma que los usuarios del hospital se ven obligados a aparcar en el recinto hospitalario y a abonar las tarifas correspondientes, puesto que no siempre es posible o adecuada la utilización del transporte público, en función de las circunstancias de los pacientes.

Esta ley establece que:

  • Las plazas de aparcamiento de los hospitales públicos de la comunidad autónoma de las Illes Balears serán gratuitas, con el fin de asegurar la igualdad de los ciudadanos en las condiciones de acceso (artículo primero).
  • Los concesionarios de los aparcamientos públicos de los hospitales públicos colaborarán con el Servicio de Salud en la adopción de las medidas necesarias para la ejecución inmediata de lo que dispone el artículo anterior (artículo segundo).

[Fuente: BOIB. Núm. 142. 13/11/2018]

[Foto: Consejería de Salud]

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